IMPOSITIVAS – Impuestos sobre los combustibles líquidos. Diferimiento de la actualización de los montos fijos.

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El incremento en los montos fijos del impuesto sobre los combustibles líquidos surtirá efectos para los hechos imponibles que se perfeccionen a partir del 01/07/2019, inclusive.

Decreto (PE) Nº 381/2019 (BO 29/05/2019)
Establécese que el incremento en los montos fijos del impuesto sobre los combustibles líquidos , que resulte de comparar los valores actualizados al 31 de diciembre de 2018 con los actualizados al 31 de marzo de 2019, en los términos del artículo 7° del Anexo del Decreto N° 501/18, surtirá efectos para los hechos imponibles que se perfeccionen a partir del 1° de julio de 2019, inclusive.

– Vigencia
Las disposiciones del presente decreto entrarán en vigencia el 30/05/2019.

Fuente: llyasoc.com