Suspensión de traba de medidas cautelares para MIPyMEs.

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Extienden, hasta el 31/07/20, el plazo de suspensión para efectuar la traba de medidas cautelares correspondientes a sujetos inscriptos en el “Registro de Empresas MiPyMES”, así como los caracterizados en el “Sistema Registral” como “Potencial Micro, Pequeña y Mediana Empresa – Tramo I y II”.

Fuente: Lisicki Livin