Laboral. Coronavirus. Programa REPRO II.

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Nuevas recomendaciones del Comité de Evaluación y Monitoreo para el otorgamiento del beneficio de Febrero/2021.
Adoptan las nuevas recomendaciones formuladas por el Comité de Evaluación y Monitoreo y los parámetros para acceder al “Programa REPRO II” correspondiente a los salarios devengados de febrero de 2021.

Resolución (MT) Nº 104/2021 (BO 09/03/2021)

De acuerdo a lo descrito por el Comité se recomienda que las unidades productivas que accedan al beneficio del Programa REPRO II correspondiente a los salarios devengados de febrero de 2021, serán las que reúnen los siguientes parámetros para los indicadores definidos en la R. (MT) Nº 938/20, y de acuerdo a las siguientes condiciones:
– Las unidades productivas empleadoras accederán al beneficio cuando acrediten el cumplimiento de al menos cuatro de los siete parámetros establecidos, requiriendo como condición excluyente el cumplimiento de los parámetros definidos para los siguientes tres indicadores:
1. Variación interanual de la facturación (con la excepción de las prestadoras turísticas incluidas en el programa PREVIAJE).
2. Variación porcentual interanual de la relación entre el costo laboral y la facturación.
3. Variación porcentual interanual de las importaciones para los sectores afectados no críticos y críticos (para las empresas que declaran importaciones en los dos periodos tomados como referencia para el cálculo del indicador).

ACLARACIÓN: Las empresas con 800 o más trabajadores deberán presentar obligatoriamente la información requerida sobre los montos de activos y pasivos corrientes, el pasivo y el patrimonio neto.