En los valores de la tabla, que permanecieron congeladas a lo largo del año pasado, se aplicará un aumento de 35,29%.La nueva cuota del tributo para la categoría inferior en el caso de actividades vinculadas a servicios será de $2645,84.-
El proyecto de ley que envió la AFIP en enero al Congreso propone actualizar los valores de la tabla de monotributo con un índice que empataría la inflación acumulada en 2020 que fue de 36,1%.
Según la iniciativa oficial las escalas, que permanecieron congeladas a lo largo del año pasado, aumentarán un 35,29%, cifra equivalente al avance del haber mínimo en el sistema previsional durante 2020. Aunque no hubo actualización de los montos, en enero de 2021 venció el plazo, se realizó la recategorización y una gran cantidad de monotributistas se vieron obligados a pasar a ser responsables inscriptos.
Por eso, el proyecto permite a los contribuyentes que facturaron hasta un 25% por encima del tope máximo que era de $1.739.439 en el caso de prestación de servicios y de $2.609.240 para actividades comerciales, volver al régimen simple.
De esta manera, un monotributista que presta servicios, está registrado en la categoría H y durante 2020 facturó un 20% más que el tope máximo quedaría excluido y debería pasar al Régimen General. Por el proyecto que impulsa la AFIP podrá mantenerse en el régimen simplificado y pagar un monto cercano a $34.800 anuales frente a los $942.100 anuales si pasara a ser responsable inscripto y tuviera que pagar IVA y Ganancias.
El congelamiento de las escalas provocó que contribuyentes que aumentaron su facturación nominalmente -pero no en términos reales- tuvieran que mantenerse en la misma categoría en vez de descender. Por ejemplo, si un prestador de servicios estaba en la categoría H y, al terminar 2020 había acumulado una facturación anual de $1.300.000, tendría que seguir en esta categoría por el congelamiento de los valores de la tabla. Con el reajuste de 35, 29% pasará a estar en la categoría F, dos más abajo.
Por esta razón, una vez que se apruebe la nueva normativa los especialistas advierten que la actualización de las escalas debería ser retroactiva a enero. “Las tablas estaban atadas al aumento de las jubilaciones y cómo no se ajustaron en 2020, no tuvieron actualización. Es un error tremendo que se tiene que modificar y, a la vez, hay que cambiar el índice con el cual se actualizan“, afirmó el tributarista Iván Sasovsky.
Al no actualizar las tablas, gran parte de los perjudicados son los contratos que no pueden actualizarse porque quedarían excluidos. Un empleado del Estado con un contrato de $150.000 mensuales, en 12 meses facturó $1.800.000. Con la actualización de las escalas podría seguir en la categoría H y, hasta recibir un aumento, pero hoy sin el reajuste se ve obligado a pasar a ser responsable inscripto.
Otro ejemplo es el de un monotributista que presta servicios y está registrado en la categoría H. Si durante 2020 facturó un 30% más que el tope máximo en la actualidad quedaría excluido para pasar al Régimen General y debería pagar entre IVA y Ganancias una suma cercana a los $1.136.000 anuales. La actualización de escalas le permitirá seguir siendo parte del Régimen simplificado.
“Ahora hay que definir una nueva forma de actualización del monotributo compuesta por la variación del IPC para que el perfil de pequeño contribuyente se mantenga a lo largo del tiempo. Si se ata a otra variable que no sea la inflación, se va distorsionando”, precisó a El Cronista Fernanda Laiun, del estudio Laiun, Fernández Sabella & Smudt.
¿POR QUÉ NINGÚN GOBIERNO ACCEDE A HACERLO?
“Hay una razón recaudatoria, pero lo que más pesa es la falta de reconocimiento de la inflación como variable de ajuste“, explicó Sasovsky, y agregó: “este tipo de Gobierno es reacio a los ajustes por inflación por miedo a que se produzca una espiralización y que esto mismo genere inflación”.
Laiun atacó este último punto: “El monotributista no te indexa nada, si el Gobierno permitiera que se aumente con un índice más alto, hay más gente que se mantiene dentro del monotributo. Sino la gente se esconde dentro del monotributo para no ser responsable inscripto, lo que se llama enanismo fiscal”.
Fuente: cronista.com