Quienes no puedan pagar sus cuotas desde abril tendrán un plazo de 60 días para negociar con sus bancos. Durante esos dos meses, no serán considerados en mora ni informados en la Central de Deudores del Central
No obstante, quienes optaron por utilizar ese beneficio y no reanuden el pago de las cuotas a partir de abril tendrán un “período de transición” de 60 días para negociar con su banco una reprogramación del préstamo. Durante esos dos meses, aún sin pagar las cuotas, los deudores no serán considerados morosos en la Central de Deudores del BCRA. En caso de que no rearmen su plan de pagos y que no cancelen sus cuotas, recién desde junio serán considerados en estado de mora.
De esta forma, el BCRA “decidió establecer una transición gradual en la definición de deudores para los clientes que optaron por postergar el pago de las cuotas, beneficio que no se renovará a partir del vencimiento a fin de mes.”
“Los clientes que no puedan afrontar a partir de abril el pago de las cuotas podrán a lo largo de dos meses buscar un acuerdo con la entidad financiera para una reprogramación del crédito, antes de que se considere que ingresó en estado de mora”, agregó el comunicado.
Con esta decisión, el Banco Central termina con uno de los principales beneficios que había establecido para todos aquellos que tuvieran un préstamo bancario (hipotecario, prendario o personal) en marzo de 2020, en el comienzo de la pandemia. Con excepción de los deudores de tarjetas de crédito, que tuvieron otro plan, todos aquellos tomadores de préstamos bancarios tuvieron en el último año la opción de postergar las cuotas hasta el final de la vida del crédito. Por ejemplo, alguien que no pagó las 12 cuotas correspondientes al año de la pandemia en un préstamo a 5 años o 60 cuotas, las agregará a partir del mes 61 pagando el mismo interés que en el resto del crédito, sin afrontar ningún cargo extra ni penalidad.
También finaliza otro beneficio: junto con la postergación, el BCRA había incrementado en 60 días los plazos de mora admitida para los deudores en la situación 1 (atraso en el pago menor a 31 días pasado el vencimiento), situación 2 (atraso entre 31 y 90 días) y situación 3 (atraso entre 91 y 180 días). De esa forma, quien estaba pagando un crédito tenía un margen de 60 días mayor al habitual antes de ser cambiado de categoría.
Ahora, los plazos para calificar al deudor volverán a ser los anteriores, una vez pasado el período de transición para negociar con los bancos. Por eso, a partir de junio los bancos “clasificarán a sus deudores conforme a los criterios de mora preexistentes en marzo de 2020, antes de las medidas de emergencia”, explicó el BCRA.
Estas medidas para evitar los incumplimientos que el Central sostuvo durante un año permitió que los niveles de morosidad del sistema financiero mejorasen, aún en un crítico escenario económico de recesión, aumento del desempleo y restricciones de todo tipo. En junio se podrá computar cuál es el verdadero impacto sobre el sistema de la decisión conocida hoy, tras la habitual reunión de los jueves del Directorio del BCRA.
Según datos del BCRA, la irregularidad de los préstamos del sector privado pasó de 5,3% al 3,9% entre marzo y diciembre de 2020. A su vez, esa morosidad cayó del 7,5% al 5,8% en el caso de las empresas y del 3% al 1,9% en el segmento de las familias.
Fuente: ieconomico.com