El Banco Central confirmó que habrá un régimen de transición por los próximos dos meses para que quienes no puedan afrontar los pagos no queden en condición de morosos. Se suma a los pagos de alquileres.
La medida provocó una mejora en la morosidad del sistema, que pasó de 5,3% a 3,9% entre marzo y diciembre de 2020, de acuerdo a las cifras del BCRA.
Así, el BCRA “decidió establecer una transición gradual en la definición de deudores para los clientes que optaron por postergar el pago de las cuotas, beneficio que no se renovará a partir del vencimiento a fin de mes”.
Por lo general, se espera que las personas que no pagaron ninguna cuota a lo largo de 2020, en un préstamo por ejemplo a 60 cuotas, lleguen a un acuerdo con las entidades financieras para que a partir de la cuota 61 puedan abonar lo que deben sin modificar el interés del crédito, ni con penalidades.
Junto a esta medida, los plazos para calificar a los deudores volverán a ser los que se utilizaban pre pandemia: “a partir de junio los bancos clasificarán a sus deudores conforme a los criterios de mora preexistentes en marzo de 2020, antes de las medidas de emergencia”, detalló el comunicado del BCRA.
SE ACUMULAN LAS DEUDAS:
El 31 de marzo también finaliza el congelamiento de alquileres y la prohibición de desalojos. Por esta última medida que aplicó el Gobierno en pleno confinamiento hay hogares con distintos niveles de endeudamiento.
Descongelamiento de alquileres: reactualiza el problema de déficit habitacional
Hay personas que deben el alquiler por completo, algunas sólo el aumento que debería haber tenido el contrato y, otras que tenían créditos hipotecarios como el UVA, que se les suma el pago de los intereses de las cuotas a estas deudas.
De todas formas, en el caso de que se hayan acumulado deudas, el decreto oficial contempla que habrá entre 6 y 12 meses para pagarlas.
Para evitar una ola de desalojos como alertan las asociaciones de inquilinos, se aprobó hace pocos días un “protocolo nacional de alerta temprana de desalojos de vivienda única y familiar en regímenes de alquileres formales”.
Fuente: cronista.com