El organismo detalló, además, que hasta el 31 de julio estarán habilitados los beneficios previstos en el Régimen de Sostenimiento e Inclusión Fiscal para Pequeños Contribuyentes
A través de la Resolución General 5025/21, publicada este martes en el Boletín Oficial, el organismo garantizó que ningún monotributista será dado de baja del régimen por falta de pago ni será excluido mientras se discuten los cambios previstos en el proyecto de ley de alivio fiscal para pequeños contribuyentes, que ya cuenta con media sanción en la Cámara de Diputados.
La semana pasada, además, la AFIP definió que la recategorización de los monotributistas prevista para julio se habilite recién una vez que finalice el debate en el Congreso. El organismo también prorrogó el vencimiento del monotributo del 25 de junio pasado al 5 de agosto.
Con todo, la AFIP informó que hasta el 31 de julio, inclusive, estarán habilitados una serie de beneficios previstos en el Régimen de Sostenimiento e Inclusión Fiscal para Pequeños Contribuyentes. Por ejemplo, los contribuyentes que hayan comunicado su exclusión o renunciado al monotributo para convertirse en autónomos entre el 1° de octubre de 2019 y el 31 de diciembre de 2020 tendrán la posibilidad de adherir nuevamente al régimen simplificado (Monotributo) o acceder a una reducción del saldo técnico de IVA. El procedimiento para solicitar los beneficios se realiza a través de la página web.
La semana pasada, la Cámara de Diputados aprobó y giró al Senado el proyecto de ley que crea un Programa de Fortalecimiento y Alivio Fiscal para Pequeños Contribuyentes. De esta forma, se dio marcha atrás con la decisión inicial de que los monotributistas afrontarán deudas acumuladas por la diferencia resultante entre lo que pagaron entre enero y junio y los nuevos valores establecidos por la ley 27.618.
Los monotributistas suman un total de más de 4 millones de contribuyentes; de los cuales cerca del 40% se encuentran en el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA). El proyecto de ley fija los incrementos que tendrán escalas y se prevé que las más bajas puedan duplicar los montos de facturación. Otro punto central es que aquellos que se excedieron de la facturación prevista en su categoría podrán permanecer en el régimen siempre que no superen la facturación de $5,55 millones anuales y un patrimonio de hasta $6,5 millones.
Además, se contempla un plan de pagos para regularizar la deuda de los monotributistas, con un máximo de 60 cuotas, un interés de financiación no superior a 1,5% mensual, para deudas que se venían pagando en planes vigentes y caducos, y para contribuyentes que no ingresen al Alivio Fiscal Monotributo, entre otros cambios.
Fuente: infobae economico