Ganancias. Bienes Personales

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Incorporación de exenciones para rendimientos e instrumentos financieros en moneda nacional, obligaciones negociables, fondos comunes de inversión y fideicomisos financieros.

A partir del período fiscal 2021, se exime, del Impuesto a las Ganancias a los intereses o rendimiento en moneda nacional producto de fomentar la inversión productiva, y sobre los Bienes Personales, a las obligaciones negociables en moneda nacional, instrumentos en moneda nacional destinados a fomentar la inversión productiva, cuotapartes de fondos comunes de inversión, y los certificados de participación y valores representativos de deuda fiduciaria de fideicomisos financieros.

Fuente: Lisicki Litvin