IMPOSITIVAS – AFIP: últimos días para presentar las DDJJ de Ganancias y Bienes personales

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Están obligados a presentarla las y los contribuyentes que hayan obtenido en el año 2020 ingresos anuales iguales o superiores a $2.500.000 por las actividades establecidas en la Resolución General N° 4003/2017.

En el caso de Bienes Personales se debe informar el detalle de los bienes al 31 de diciembre de cada año.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) recordó que el próximo martes 31 de agosto es la fecha de vencimiento de presentación de la declaración jurada de carácter informativa de los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales, correspondientes al período fiscal 2020.

La declaración jurada de carácter informativa es la presentación de un conjunto de datos referidos a tu actividad o patrimonio al 31 de diciembre de cada año. Están obligados a presentarla las y los contribuyentes que hayan obtenido en el año 2020 ingresos anuales iguales o superiores a $2.500.000 por las actividades establecidas en la Resolución General N° 4003/2017.

En el caso de Bienes Personales se debe informar el detalle de los bienes al 31 de diciembre de cada año, valuados conforme a las normas del Impuesto sobre los Bienes Personales que resulten aplicables a esa fecha.

En el caso de ganancias, se deberá informar el total de ingresos, gastos, deducciones admitidas y retenciones sufridas, entre otros, de acuerdo con lo previsto en la Ley de Impuesto a las Ganancias. Durante este mes se confirmó que el Gobierno tiene pensado un proyecto para elevar el mínimo no imponible del impuesto a las Ganancias y lo haría por decreto como ya estaba previsto en la ley que aprobó este año el Congreso. Fuentes oficiales confirmaron a Ámbito que el nuevo piso estará entre los $175.00 y los $185.000. El objetivo oficial es que la inflación no licue el efecto del proyecto que impulsaron Sergio Massa y Máximo Kirchner y que el tributo sólo afecte a un 10% de los asalariados.

¿Cómo se presenta?

  • Bienes Personales: las y los contribuyentes del Impuesto sobre los Bienes Personales, deberán presentar las declaraciones juradas informativas a través del servicio con clave fiscal denominado “Bienes Personales Web”.
  • Ganancias: las y los contribuyentes y las sucesiones indivisas deberán presentar la declaración jurada informativa del Impuesto a las Ganancias, mediante el servicio con clave fiscal “Ganancias Personas Humanas – Portal Integrado”.

Fuente: ambito.com