El Gobierno pretende llegar antes de las elecciones a los más necesitados con una batería de medidas de ayuda, pero también a la clase media, por ejemplo, subiendo el piso del Impuesto a las Ganancias que pagan los trabajadores. Esto implicará más dinero en el bolsillo.
El mecanismo consistirá en un decreto que utilizará la delegación legislativa del Congreso en la reforma que subió el mínimo a $150.000, para que el Poder Ejecutivo eleve ese piso hasta $175.000 durante este año.
Sin embargo, el lado B de la suba de la deducción especial por segunda vez en el año es que se vuelve a complicar la carga administrativa de las empresas y también que se achata la pirámide de los mandos medios, de tal modo que un jefe en muchos casos cobrará menos de bolsillo que un empleado.
Por otra parte, con el nuevo tope de remuneración bruta, las empresas tendrán que devolver a sus empleados las sumas retenidas en exceso desde el mes de enero, cuando ya están devolviendo en cuotas lo que correspondió a la norma anterior.
“Dado que los salarios se han visto incrementados por las distintas negociaciones paritarias o aumentos otorgados por las empresas, se está analizando el incremento del piso a partir del cual los empleados quedan obligados a tributar, el que pasaría de ser de $150.000 mensuales a $175.000“, comentó Analía Saitta, de KPMG Argentina.
Esto, en el caso de un trabajador soltero sin hijos que percibe $175.000 podría implicar un ahorro de aproximadamente $16.000, y en el caso de un empleado casado con dos hijos, de $8.500, según calculó Saitta.
Los distintos grupos de beneficiados
La reforma que impulsó el presidente de la Cámara de Diputados, Sergio Massa, apuntó a disminuir la carga tributaria de un grupo extenso de trabajadores, dejando a algunos eximidos totalmente del pago del impuesto y a otros con una retención menor.
En este sentido, se pueden identificar dos grandes grupos de empleados beneficiados con estos cambios y un tercer grupo en el que el cálculo del impuesto no ha sufrido modificaciones, enumeró Saitta:
• Grupo 1: aquellos empleados cuya remuneración bruta no superaba los $150.000 mensuales, los cuales pasaron a no tributar importe alguno.
A fin de aplicar este beneficio, la ley contempló el incremento de la deducción especial en el mes, de manera tal que la ganancia neta sujeta a impuesto arrojara resultado cero. Asimismo, se previó la exención sobre el aguinaldo.
• Grupo 2: aquellos cuya remuneración bruta fuera superior $150.000 pero menor o igual a $173.000 mensuales, los cuales gozan de una disminución de su carga fiscal.
En este caso, se facultó a la AFIP a fijar una deducción especial incrementada, de forma tal de crear pequeños “escalones” entre aquellos que no tributarán impuesto por integrar el grupo de trabajadores con haberes brutos menores a $150.000 mensuales y aquellos que continúan abonando el tributo de la misma forma que lo venían haciendo por superar $173.000 mensuales.
• Grupo 3: aquellos trabajadores que no gozan todavía de este beneficio en el cálculo mensual ya que perciben remuneraciones superiores a $173.000.
“Pasados algunos meses de la aplicación práctica de la Ley N° 27.617, cabe mencionar que se ha producido un cambio de lógica en el cálculo del impuesto”, advirtió Saitta.
“Al respecto, cabe señalar que para generar los beneficios indicados se ha producido un cambio en la mecánica de determinación del impuesto, ya que a los efectos de su aplicación debe establecerse si el trabajador se encuentra en alguno de los grupos en forma, desvirtuando parcialmente el concepto de anualidad del Impuesto a las Ganancias”, explicó Saitta.
Un mecanismo que discrimina
“Más allá de los beneficios para este rango de asalariados, la ley discrimina en contra del resto de los asalariados que están por encima de ese monto mínimo de salario bruto, ya que los mismos no tienen ningún beneficio”, comentó Marcelo D. Rodríguez, CEO de MR Consultores.
“Por consiguiente, al incrementarse ese monto mínimo, dentro de una empresa se va a dar la paradoja de que un jefe puede tener un ingreso de bolsillo inferior a un empleado”, alertó Rodríguez.
“Finalmente, los trabajadores autónomos siguen sin tener beneficio alguno frente al embate del proceso inflacionario que vive el país”, remarcó Rodríguez.
Y Andrés Edelstein, socio de Edelstein, Mariscal, Torassa & Asoc, también indicó que “se insiste en el esquema inplementado por la Ley 27.617, cuya técnica legislativa es perfectible, aunque obviamente el único objetivo de aumentar el piso para empleados en relación de dependencia y jubilados se logra. Se agranda la brecha con quienes quedaron fuera de este esquema, es decir los trabajadores autónomos, lo cual incrementa la desigualdad ya existente”.
Desde cuándo se dejará de pagar
“Contrarreloj se está escribiendo la norma para subir el piso a $175.000, que probablemente impacte recién en los sueldos de octubre que se pagan a fin de mes o en los primeros días de noviembre“, consideró Fernanda Laiún, del estudio Laiún, Fernández Sabella & Smudt.
“En el esquema actual la devolución de los pagos en exceso se hace en cuotas, ahora bien si el objetivo es entrar al bolsillo debería diseñarse el sistema para que la devolución sea de una vez”, afirmó Laiún.
Pero la experta criticó que “así las personas que trabajan en relación de dependencia y las que cobran jubilaciones y pensiones pasan a cobrar lo que el Gobierno decide a su gusto, en lugar de disponer de un sistema transparente, claro y sencillo que permita anticiparse y organizar la economía familiar”.
“Por más que esto sea una buena noticia, en perspectiva no lo es, porque así como hoy quieren entrar en el bolsillo para dejar unos pesos, en todos los años en que las escalas permanecieron sin ajuste, desde 2001 a 2013 y de 2019 a 2020, el Gobierno se dedicó a sacar pesos de los bolsillos de las personas en relación de dependencia”, enfatizó Laiún.
A su vez, el contador José Luis Ceteri aseguró que la medida “complica administrativamente a las empresas, y sigue siendo un mecanismo injusto, porque el que se pasa por $1 del mínimo, empieza a pagar. Lo ideal sería aumentar todas las deducciones personales. Sería más equitativo, aunque se llegue al mismo monto”.
Por la situación post-electoral, sostuvo el contador Daniel Pérez, “se aumentará el mínimo a $175.000 de remuneración bruta, y habrá personas que estarán por abajo en el promedio en algún momento del año, lo que será un beneficio para los trabajadores, pero un conflicto liquidatorio, administrativo y de sistemas para las empresas”.
Fuente: iprofesional.com