Monotributo

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Extensión de ciertos plazos de las R.G. (AFIP) Nros. 5003/21 y 5034/21 para dar cumplimiento y regularizar las obligaciones tributarias del Programa de fortalecimiento y alivio para pequeños contribuyentes.

Extienden hasta el 30/11/2021, inclusive:
– los plazos previstos hasta el 30/09/2021 en los artículos 1° -primer y segundo párrafos-, 3° -apartados 1) y 2)-, 4° -incisos a) y b)- y 19, de la R.G. (AFIP) Nº 5003/21.

– los plazos previstos hasta el 30/09/2021 en los artículos 1°, 2° -tercer párrafo-, 3° -primer párrafo-, 4° -primer párrafo- y 6°, de la R.G. (AFIP) Nº 5034/21.

Y extienden hasta el 20/12/2021, inclusive, los plazos establecidos en los artículos 5º, 6º y 27 de la R.G. (AFIP) Nº 5003/21 –fijados hasta el 20/09/2021- para la presentación de declaraciones juradas (originales o rectificativas) del IVA por los periodos que pudieran corresponder.

Resolución General (AFIP) Nº 5079/2021 (BO 30/09/2021)

Fuente: Lisicki Litvin