Los incrementos en los montos fijos en pesos por unidades de medida para determinar el impuesto sobre los combustibles líquidos y el impuesto al dióxido de carbono, y el monto fijo diferencial del impuesto sobre los combustibles líquidos para el gasoil, que resulten de las actualizaciones correspondientes al 1er, 2do, 3er y 4to trimestres calendario del 2021 surtirán efectos para la nafta sin plomo, la nafta virgen y el gasoil a partir del 01/06/2022, inclusive.
Decreto (PE) Nº 98/2020 (BO 27/02/2022)