IMPOSITIVAS – Secreto profesional: 50% de los contadores sufre la avanzada de AFIP por la planificación fiscal

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La Justicia no ampara a los contadores a revelar los sistemas de sus clientes para pagar menos impuestos en las jurisdicciones más grandes

Los contadores se ven obligados por una norma de AFIP sobre “planificaciones fiscales” a delatar a sus clientes e informar si implementaron algún esquema para rebajar la carga impositiva. Por este motivo, la Federación y los Consejos provinciales que los nuclean acudieron a la Justicia.

Una planificación fiscal comprende a todo acuerdo, esquema, plan y cualquier otra acción de la que resulte una ventaja fiscal o cualquier otro tipo de beneficio en favor de los contribuyentes comprendidos en ella, que se desarrolle en la Argentina con relación a cualquier tributo nacional, define AFIP.

Y el Régimen de Información de Planificaciones Fiscales Nacionales e Internacionales incluye entre los sujetos obligados a los asesores fiscales.

La AFIP describe como asesores fiscales a “las personas humanas o jurídicas y demás entidades que, en el curso ordinario de su actividad, ayuden, asistan, aconsejen, opinen o realicen cualquier actividad relacionada con la implementación de una planificación fiscal, siempre que participen en dicha implementación directamente o través de terceros”.

La AFIP obliga a los contadores a revelar secretos de sus clientes

Los contadores contra el deber de informar

“Este Régimen Informativo pretende imponer una carga pública a un sujeto ajeno a la relación jurídico tributaria, el asesor fiscal, mediante una norma de inferior jerarquía a la ley”, afirmó Sergio Pantoja, vicepresidente 1° de la Federación de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (Facpce).

“Por ese motivo, es violatoria del principio de legalidad, así como de otros principios constitucionales”, opinó.

“No es menor colocar en cabeza de los asesores fiscales un régimen de información que importa violentar el derecho a la intimidad de raigambre constitucional, así como también las leyes que en cada jurisdicción protegen el secreto profesional”, agregó.

“La AFIP debe circunscribir su función a una actuación administrativa conducente a que las leyes tributarias se cumplan, fiscalizando e investigando con el propósito de conocer la verdad de los hechos, y no puede rebasar los límites de la racionalidad, estando subordinada a los principios que prohíben la arbitrariedad”, remarcó.

La suerte de los contadores en la Justicia

Si bien los contadores matriculados en 17 consejos profesionales del país están amparados por medidas cautelares y liberados de cumplir el régimen de información, varios que están pendientes son de jurisdicciones grandes, relató Pantoja.

“Desde la Federación se trabajó junto con los 24 Consejos se realizaron los reclamos administrativos correspondientes, y luego, ante la falta de respuesta de la AFIP, se presentaron demandas judiciales solicitando la derogación del régimen y el dictado de una medida cautelar de no innovar”, contó.

La Justicia otorgó amparos en 17 provincias pero faltan las más grandes

A la fecha, la situación de las acciones judiciales interpuestas por los 24 Consejos Profesionales del país, se resumen de la siguiente manera, destacó Pantoja:

  • Demandas judiciales admitidas: 2.
  • Medidas cautelares concedidas: 17
  • Demandas judiciales y solicitud de medidas cautelares pendientes de resolución: 5
  • Demandas judiciales y medidas cautelares rechazadas: 2

La situación judicial, provincia por provincia

En Río Grande y San Luis, al haber sido concedida la demanda, la AFIP deberá abstenerse de implantar el régimen de información respecto de los contadores que integran los Consejos Profesionales de esas provincias, subrayó Pantoja.

Por otra parte, cuentan ya con fallos a favor de Cámaras de Apelaciones, que confirman que no deberán informar sobre planificaciones fiscales los contadores de las siguientes provincias, aclaró Pantoja:

  • Córdoba
  • Corrientes
  • Neuquén
  • Río Negro
  • San Juan
  • San Luis
  • Tucumán
  • Tierra del Fuego

También están amparados de pagar con fallos de primera instancia en las provincias que siguen, precisó:

  • Chubut
  • Formosa
  • Jujuy
  • La Pampa
  • La Rioja
  • Mendoza
  • Salta
  • Santa Fe
  • Santiago del Estero
En la ciudad de Buenos Aires, la Justicia debe resolver desde septiembre pasado

En cambio, no resolvieron los juzgados de la ciudad y la provincia de Buenos Aires, así como Chaco, donde el pasado 10 de marzo se le dio vista al fiscal para que dictamine; Misiones, y Tucumán.

En la ciudad de Buenos Aires, la demanda de impugnación se encuentra en despacho desde el 15 de septiembre para dictar sentencia, subrayó Pantoja.

Las demandas de los contadores de Entre Ríos y Santa Cruz fueron rechazadas por los jueces, que consideraron que la Federación y los respectivos Consejos no cuentan con “legitimación activa” para representarlos.

Así, en la mayoría de las provincias el secreto profesional de los contadores está amparado por medidas judiciales, pero no en las que trabaja el 50% de estos asesores fiscales.

Fuente: iprofesional