La Administración Provincial de Impuestos dictó la resolución 022 extendiendo el plazo original del Régimen de Regularización Tributaria dispuesto por la ley 14.046. Se esperan adhesiones por unos 2 mil millones de pesos.
La Administración Provincial de Impuestos (API) prorrogó por treinta días la posibilidad de que contribuyentes de la mayoría de los tributos adeudados puedan adherir al Régimen de Regularización Tributaria que había sido votado en la ley 14.046, sancionada a fines del año pasado y que contiene los principales lineamientos en materia tributaria para el presente ejercicio.
La adhesión a la moratoria vencía este martes, pero ya el viernes pasado el administrador provincial de impuestos, Martín Avalos firmó la resolución 022 extendiendo el plazo en treinta días, tal cual lo estipulaba la mencionada ley.
La moratoria abarca Impuesto sobre los Ingresos Brutos; Inmobiliario Urbano, Suburbano y las mejoras no denunciadas oportunamente; Inmobiliario Rural; Sellos; Contribución de Mejoras; impuestos a las actividades hípicas – Ley N° 5317; g) Patente Única sobre Vehículos; Tasa Retributiva de Servicios; Aportes al Instituto Becario; impuesto sobre las Embarcaciones Deportivas o de Recreación, aportes sociales ley 5.110 y también el Impuesto especial previsto en el artículo 2 de la Ley N° 13.582 que comprende los blanqueos de bienes superiores a $ 305.000.
En cambio, la moratoria no incluye a los contribuyentes con proceso penal abierto por delitos tributarios referidos a impuestos provinciales, agentes de recaudación del sistema denominado SIRCREB, por las retenciones o percepciones practicadas o no así como agentes de retención y/o percepción por los importes que hubieren retenido o percibido y que no fueron ingresados al fisco, multas y cualquier otro concepto.
API había dictado la resolución 012 reglamentando la moratoria y estableciendo el plazo de adhesión entre el 1 de marzo y el 31 de mayo, plazo que ahora -por otra resolución- amplía en treinta días.
Los contribuyentes pueden regularizar sus deudas con el fisco a través de la página web del gobierno provincial o en forma presencial en oficinas de API “cuando así corresponda por la situación de la actuación administrativa, judicial, o de fiscalización pertinente”.
La resolución de API establece que el pedido de liquidación de deudas vencerá el 28 de junio cuando las liquidaciones deban ser gestionadas en oficinas de API o en municipios y comunas, mientras que será el 29 de junio cuando las liquidaciones se generen en la web.
En API se estima que la adhesión llegaría a los dos mil millones de pesos admitiendo que hay muchas deudas de patentes cuyo pago se tramita en el distrito donde está radicado el vehículo y cuya gran parte del pago queda en el municipio. En tanto, otra deuda importante es Ingresos Brutos, se señaló a El Litoral.
Otra moratoria
En tanto, el Servicio de Catastro e Información Territorial de la Provincia de Santa Fe recordó que está vigente el plazo de adhesión a la moratoria destinada a aquellos contribuyentes que hayan realizado construcciones y aún no las hayan declarado ante este organismo. Esta moratoria está abierta hasta el 30 de septiembre y alcanza a los propietarios que tengan construcciones no declaradas, estableciéndose beneficios para quienes se presenten espontáneamente a realizar la declaratoria.
Para incorporarse al régimen de la moratoria, el contribuyente deberá presentarse personalmente en las oficinas de Catastro o bien en el municipio o comuna donde se encuentre radicado el inmueble.
La declaración de construcciones no registradas, en el marco de la Moratoria Ley 14.069, no tendrá efectos tributarios para periodos fiscales anteriores al 2020, y por el contrario, la no presentación espontánea en el marco de la presente moratoria, implica que el SCIT continúe con el programa de detección de construcciones, incorporando las mismas de oficio con las incidencias tributarias y penalidades vigentes.
Coparticipación
El diputado Alejandro Boscarol (UCR – Juntos por el Cambio) ingresó un proyecto de ley para modificar la vigente ley de coparticipación de la provincia de Santa Fe, especialmente en la distribución de los recursos que envía el gobierno nacional.
“Actualmente Santa Fe distribuye el 13,4372% entre cada uno de los municipios y comunas de la provincia, siendo el 15,7976% el porcentaje promedio si tenemos en cuenta a todas las jurisdicciones argentinas. Con la modificación que proponemos elevamos el porcentaje mencionado a 16,1344%”, explicó Boscarol. En los fundamentos del proyecto, agrega una escala del porcentaje de distribución de los recursos federales que cada provincia distribuye con sus municipios. Tierra del Fuego y Catamarca encabezan la tabla con una distribución del 25% mientras que cierran Río Negro, Formosa y Chubut con apenas el 10%.