IMPOSITIVAS – AFIP: extienden por un año la suspensión de ejecuciones fiscales de firmas beneficiadas por la promoción industrial

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La AFIP extendió el plazo de suspensión de las ejecuciones fiscales relacionadas con deudas de empresas beneficiarias del Régimen de Promoción Industrial hasta el 30 de junio.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) informó que el plazo de suspensión de las ejecuciones fiscales relacionadas con deudas de empresas beneficiarias del Régimen de Promoción Industrial fue extendido hasta el 30 de junio de 2023.

La decisión adoptada por el organismo encabezado por Mercedes Marcó del Pont apuntala la recuperación de las pymes y el sostenimiento de los puestos de trabajo.

La Resolución General 5208, publicada este miércoles en el Boletín Oficial, alcanza las deudas generadas hasta el período fiscal 2015, cualquiera sea el estado en que se encuentren. Son las que se hayan originado por el usufructo de una cantidad de bonos de crédito fiscal superior al reconocido que hubiera sido acreditado en el marco de un proceso judicial cuyo resultado finalmente fue adverso a las beneficiarias del citado régimen.

El procedimiento determina que para acceder a la condonación las empresas beneficiadas deberán solicitar la emisión del Certificado de Cumplimiento Promocional, por lo que la prórroga establecida permitirá contar mayor tiempo para su emisión, revisión y evaluación.

Fuente: ambito