Los 24 Consejos Profesionales y la FACPCE han venido reclamando a la AFIP la reprogramación de los vencimientos establecidos por la RG 5192/2022 de los citados impuestos de personas humanas por considerar los fijados por dicha norma insuficientes en virtud de la fecha en que se pusieron a disposición los sistemas habilitados para presentar las declaraciones juradas, sin haber obtenido hasta el presente una respuesta satisfactoria.
Cabe recordar que anteriormente también se hicieron diversos pedidos para la postergación de los vencimientos originalmente previstos, luego aplazados por la citada resolución, aunque de manera insuficiente.
Ha tenido estado público la resolución interina dictada por el Juzgado Contencioso Administrativo Federal N.° 12 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en virtud de un amparo presentado por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de CABA, en la cual se dispone la suspensión de los vencimientos en cuestión. La sentencia dictada no es una cautelar, sino una medida provisoria, y el tribunal deberá resolver la procedencia de la medida cautelar solicitada luego de recibir el descargo de la AFIP.
El organismo fiscal ha informado que la decisión judicial solo alcanza a las propias declaraciones juradas de los profesionales matriculados en CABA y los casos en los que dichos profesionales intervengan como representantes de clientes que les hayan delegado formalmente el acceso a los servicios de la AFIP. Por lo cual según su interpretación no aplica al resto de los contribuyentes.
El Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Santa Fe junto a la FACPCE siguen trabajando enérgicamente ante la AFIP para lograr la reprogramación de los referidos vencimientos de manera que los profesionales podamos cumplir con nuestra tarea adecuadamente y que además, en base a la igualdad ante la ley, exista un trato equitativo a todos los contribuyentes.
CPCE Santa Fe