Las deducciones personales son los importes en concepto de ganancia mínima no imponible, cargas de familia y deducción especial.
Para las actualizaciones de los valores fue utilizado el índice RIPTE a octubre del 2022, con valor de 1,78838509 y los valores fueron redondeados para que los mismos no superen los dos decimales.
Deducciones personales y escalas de Ganancias 2023
Las deducciones para 2023 para los trabajadores en relación de dependencia son $451.683,19 de mínimo no imponible, $2.168.079,35 de deducción especial y las cargas de familia de $421.088,24 por cónyuge o unión convivencial, $212.356,37 por hijo y $424.712,74 por hijo discapacitado.
Cómo impacta la actualización por RIPTE en las deducciones y la escala
Las deducciones personales para calcular el Impuesto a las Ganancias para el período 2023 quedarán como sigue:
En el caso de los autónomos, cambia la deducción especial, que sólo se puede tomar hasta $1.580.891,18, algo que critican los profesionales que habitualmente se ven afectados por esta discriminación.
Si se puede demostrar que se es “nuevo profesional o emprendedor”, se puede tomar una deducción especial algo superior, de $1.806.732,78.
Se considera carga de familia al cónyuge o pareja conviviente y a la hija, hijo, hijastra o hijastro menor de 18 años o incapacitado para el trabajo. También es requisito que la persona que esté a cargo del trabajador sea residente en el país y que no obtenga ingresos anuales superiores al mínimo no imponible.
En cuanto a la tabla con la escala del Impuesto a las Ganancias, la alícuota máxima de 35% se aplica a rentas desde $2.781.353,85, a partir del 1 de enero próximo.
Cuándo corresponderá pagar Impuesto a las Ganancias
No corresponderá retención alguna del Impuesto a las Ganancias cuando la remuneración bruta del mes que se liquida, a partir del 1 de enero de 2023, o el promedio de las remuneraciones brutas mensuales desde dicha fecha, a ese mes, el que fuere menor, no supere los $404.062, inclusive, precisó Ignacio Online.
A tal efecto, los agentes de retención computarán, en el mes que se liquida, una deducción especial incrementada, de manera tal que la ganancia neta sujeta a impuesto quede igualada a “0”.
En aquellos meses en que la remuneración bruta del mes que se liquida desde el 1 de enero de 2023 o el promedio de las remuneraciones brutas mensuales desde dicha fecha, el que fuere menor, supere $404.062 y resulte inferior o igual a $466.017, los agentes de retención computarán, en el mes que se liquida, una deducción especial incrementada.
Fuente: iprofesional