Comercio exterior. Plazo especial de validez de 90 días para las solicitudes de exportación de los productos incluidos en el Decreto N° 378/2023.
Establecen el plazo especial de validez de 90 días para las solicitudes de exportación de los productos incluidos en el Decreto N° 378/2023, que no se encuentren alcanzados por la Ley Nº 21.453 y sus modificaciones, oficializadas en el marco del Programa de Incremento Exportador.
Resolución General (AFIP) Nº 5406/2023 (BO 24/08/2023)
Fuente: Lisicki Litvin