IMPOSITIVAS – Ganancias: ¿cómo afectará la nueva ley a los trabajadores solteros, casados con dos hijos y a los autónomos?

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La reforma que introdujo el Gobierno en la ley ómnibus plantea una actualización trimestral en las escalas del tributo, entre otras cuestiones

 

El proyecto de ley Impuesto a los Ingresos Personales del Gobierno que reemplazará a Ganancias, finalmente ingresó al Congreso. La norma estipula una vuelta a valores vigentes a septiembre pasado, previo a la última reforma, que llevará a unos 800.000 contribuyentes a quedar alcanzados nuevamente por el tributo. ¿Cuánto pagarán por esta nueva norma los trabajadores solteros, con hijos y los autónomos? ¿Cada cuánto se ajustarán los pisos y con qué índice?

La iniciativa que impulsa el Poder Ejecutivo contempla un mínimo no imponible de $2.360.829 sobre los salarios de los trabajadores en relación de dependencia.

El CEO de SDC Asesores Tributarios, Sebastián Domínguez, explicó a Infobae que un empleado soltero que perciba de sueldo $1.250.001 mensuales brutos no quedará alcanzado por el gravamen a los ingresos personales. Por otro lado, el especialista aclaró que para un trabajador casado con dos hijos que cobra hasta $1.590.062 brutos mensuales tampoco pagará el tributo.

“La reforma tiene un punto positivo que es volver a la esencia del Impuesto a las Ganancias porque se terminó con la fijación de un piso y que los que están por arriba rápidamente llegaban a la alícuota más alta del 35 por ciento. Además se vuelve a las deducción de la ganancia no imponible, las especiales y las cargas de familia para todos los contribuyentes igual sin importar el sueldo”, sostuvo el tributarista.

“El proyecto contempla una actualización de las deducciones de ganancia no imponible, deducción especial, cónyuge e hijos. Eso es positivo porque en 2024 las deducciones estaban actualizadas respecto a 2023 por la variación del RIPTE, en cambio el valor al que se llega contempla la inflación del año pasado, es decir, que se duplican los valores vigentes y se llega a unos actualizados en términos reales. Si bien estos valores están mejor que antes, continúan siendo bajos y deberían ser mayores para que se tribute a partir de escalones más arriba de sueldos”, añadió Domínguez.

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Cuánto van a pagar por Ganancias los empleados solteros:
El CEO de SDC Asesores Tributarios realizó un detalle sobre cuánto pagarán los empleados solteros en relación de dependencia:

El trabajador soltero con un sueldo bruto superior a los $1.250.000 no va a tributar el nuevo Impuesto a los Ingresos Personales.
Si ese mismo empleado percibe un salario de 1.600.000 pesos brutos, el gravamen sería de aproximadamente 45.500 pesos.

Si tiene un sueldo bruto de 2.000.000 de pesos, pagaría alrededor de 150.000 pesos.
Cuánto van a pagar por Ganancias los empleados casados con dos hijos.

En tanto, Domínguez dio algunos ejemplos sobre cuánto pagarán por el nuevo Impuesto a los Ingresos Personales los empleados casados con dos hijos si es que el proyecto de ley del Gobierno avanza en el Congreso:

Un empleado casado, que puede deducir cónyuge y dos hijos, con un sueldo de hasta 1.590.000 pesos brutos no pagará Ganancias.
Si percibe un salario bruto de 2.000.000 pesos va a pagar 58.000 pesos mensuales.
Si tiene un sueldo de 2.400.000, deberá tributar por Ganancias alrededor de 282.000 pesos.
Vale aclarar que la deducción y los tramos de escala de impuestos se van a actualizar automáticamente por la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) que suministre el Indec, aunque el Poder Ejecutivo también tendrá la facultad de hacerlo de manera discrecional.

Críticas al nuevo Impuesto a los Ingresos Personales

Por otro lado, Domínguez remarcó algunos aspectos negativos de la reforma que plantea el oficialismo. “Sigue la discriminación respecto a los trabajadores autónomos. No se asimila para que se aplique la misma deducción especial para empleados que autónomos”, advirtió.

“Otro punto negativo es la retroactividad al primero de enero de 2024, ya que el impuesto para personas humanas es sobre el año calendario y cualquier reforma que se haga durante el transcurso del año calendario tiene efecto para todo el período fiscal. Dado que este proyecto va a llevar su trámite legislativo, probablemente en el mejor de los casos quizás sea aprobado en febrero o principios de marzo, y lo que va a pasar es que va a haber empleados que cobren sueldos de enero y eventualmente también de febrero sin tributar Ganancias y después se van a encontrar con que quizás en marzo se les tiene que retener el impuesto de los meses anteriores”, alertó el tributarista.

“Probablemente salga una norma para hacerlo en cuotas, esas retenciones, pero igualmente los empleados ya quizás gastaron el dinero en estas circunstancias de inflación y tener que pagar sobre lo que ya cobraron y gastaron no es razonable. Sí es legal, pero no es razonable”, concluyó Domínguez.

Fuente: infobae