IMPOSITIVAS – Afip investiga las transferencias de los argentinos

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Afip controla los movimientos de fondos que realizan los argentinos a partir de una determinada cifra. Desde qué monto y qué documentos se necesitan

Recibir una transferencia bancaria suele ser un proceso común en la vida financiera de muchos, pero ¿qué ocurre en términos de impuestos y retenciones? La Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip) tiene ciertas reglas que se deberían conocer para evitar sorpresas desagradables al momento de recibir transferencias.

Es importante destacar que los impuestos están relacionados con la naturaleza de la operación económica y no con la transferencia de dinero en sí. Si se transfieren fondos por la prestación de un servicio, los impuestos se aplicarán a esa prestación en particular y no al hecho de recibir el dinero.

De cuánto es el límite que se puede recibir en una transferencia

Un punto crucial a tener en cuenta es el límite establecido por Afip para realizar transferencias sin presentar un justificativo. Debido a la inflación, Afip actualizó este límite a $400.000 mensuales. Esto abarca todas las operaciones de un contribuyente, incluidas las transferencias recibidas.

Las entidades financieras informarán al Banco Central de la República Argentina (BCRA) cuando la totalidad de movimientos superen ese monto, ya que están obligados a hacerlo.

Si se supera este límite, hay un riesgo de tener que declarar la procedencia del dinero. Por ejemplo, si se transfieren $400.000, se corre el riesgo de que soliciten justificar los fondos, especialmente si no se tienen ingresos declarados.

Qué pasa si no se puede justificar la transferencia

En caso de exceder el límite sin una justificación adecuada, los riesgos incluyen:

  • Sanciones.
  • Multas.
  • La posibilidad de recategorización en caso de ser monotributista.

Además, el banco podría retener o rechazar la transferencia y en el peor de los casos, elaborar un Reporte de Operación Sospechosa ante la Unidad de Información Financiera (UIF).

Documentos para justificar el origen del dinero

En casos donde sea necesario justificar el origen de los fondos, existen diversas documentaciones aceptadas como:

  • Recibos de sueldo.
  • Facturación de los últimos meses.
  • Certificados de fondos emitidos por un contador público.
  • Declaratorias de heredero.
  • Documentos de venta de acciones o empresas.
  • Boletos de compraventa, por ejemplo, en el caso de la venta de un vehículo.

En situaciones de transferencias indebidas o por error, es fundamental comunicarse con el banco para rectificar la situación y evitar problemas futuros.

Fuente: unosantafe