IMPOSITIVAS – Monotributistas: qué categorías pueden pedir la devolución del 35% de las percepciones de AFIP

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A través de su portal, ofrecen la opción de solicitar el reembolso de percepciones, en cumplimiento con la Ley de Procedimientos Administrativos N°19.549

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) aprobó recientemente el procedimiento de reembolso para las adquisiciones realizadas en moneda extranjera, específicamente en dólares estadounidenses. Esta medida se enmarca en la posibilidad de recuperar el 35% abonado como adelanto del impuesto a las Ganancias y Bienes Personales por la compra de divisas y gastos en moneda extranjera utilizando el denominado “dólar turista” durante el periodo comprendido entre enero y diciembre de 2023.

Para solicitar la devolución de las percepciones realizadas por la AFIP, es fundamental cumplir con una serie de condiciones establecidas por el organismo recaudador. Las mismas son las siguientes:

  1. No estar registrados en el impuesto a las Ganancias ni estar obligados a inscribirse en él.
  2. Estar inscritos en el impuesto a las Ganancias, pero no en Bienes Personales, particularmente por las percepciones efectuadas bajo el código 219.
  3. No estar registrados en el impuesto sobre los Bienes Personales ni estar obligados a inscribirse en él.
  4. Estar inscritos en el impuesto sobre los Bienes Personales, pero no en Ganancias, exclusivamente por las percepciones realizadas bajo el código 217.
  5. Trabajar bajo relación de dependencia y no estar sujetos a retenciones del impuesto a las Ganancias por parte del empleador como agente retenedor.
  6. Trabajar bajo relación de dependencia y, aunque estén sujetos a retenciones del impuesto a las Ganancias por parte del empleador como agente retenedor, les hayan realizado la percepción bajo el código 219.

El procedimiento para solicitar la devolución de las percepciones de la AFIP es el siguiente:

  1. Acceder al sitio web oficial de la AFIP utilizando la clave fiscal de nivel 2 o superior. Luego, seleccionar la opción “Devolución de percepciones”.
  2. Dentro de esta sección, revisar y seleccionar las percepciones correspondientes al período mensual que han sido realizadas y están reportadas por el agente de percepción. En caso de que no aparezcan, se ofrece la opción de ingresarlas manualmente.
  3. Una vez seleccionadas las percepciones correspondientes, hacer clic en el botón “Presentar” para completar el proceso.
A través de su portal, ofrecen la opción de solicitar el reembolso de percepciones, en cumplimiento con la Ley de Procedimientos Administrativos N°19.549

Qué pasa si no recibí la devolución de las percepciones  de la AFIP

En caso de que no se haya recibido la devolución de las percepciones de la AFIP, se deben seguir los siguientes pasos:

  1. Iniciar sesión en el portal de la AFIP utilizando la clave fiscal y contraseña correspondientes. Luego, elegir la opción “Devolución de Percepciones”.
  2. Se abrirá una ventana donde se debe ingresar el período fiscal en el cual se realizaron los pagos anticipados y especificar que la solicitud ya ha sido presentada. Posteriormente, seleccionar la opción “Seguimiento” en la barra superior izquierda.
  3. A continuación, se solicitará especificar el motivo que impide la devolución de las percepciones. Estos pueden ser:
  • Deuda con la AFIP: Para resolver esta situación, dirigirse a la sección “Estado de cuenta”, seleccionar “Ver saldo” y luego acceder a “Cálculo de deuda” para identificar cualquier pago pendiente con el organismo recaudador. Una vez que se haya abonado la deuda, se podrá recibir la devolución de las percepciones.
  • CBU no declarado: Para solucionar esta problemática, ingresar a la sección “Declaración de CBU” y registrar la cuenta bancaria a la cual se desea que se realice la devolución. Es importante destacar que debe ser una cuenta bancaria y no una Cuenta Virtual Única (CVU).
  • CUIT inactivo debido a falta de actualización de datos: En caso de encontrarse en esta situación, descargar la aplicación “Mi AFIP” y seleccionar la opción “ALTA CUIT” para completar el proceso de actualización de datos.
  • Formulario sujeto a fiscalización: Esta situación indica que la solicitud está siendo revisada manualmente. Ocurre especialmente cuando se ingresan percepciones de forma manual, lo que requiere una verificación adicional por parte del organismo. En estos casos, se recomienda consultar a un contador o visitar personalmente las oficinas de la AFIP para obtener asistencia.

Esta medida adoptada por la AFIP busca facilitar el proceso de devolución de percepciones a aquellos contribuyentes que cumplen con los requisitos establecidos. Es importante destacar que el cumplimiento de las condiciones mencionadas es fundamental para acceder a este beneficio fiscal. Asimismo, se espera que esta iniciativa contribuya a brindar mayor claridad y transparencia en el manejo de los fondos percibidos por parte del organismo recaudador.

Fuente: iproefesional