Procedimiento

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Eliminan la obligación de las instituciones financieras de realizar la `Consulta para Entidades Financieras de Deudores Previsionales´

A partir del 26/04/2024, se deja sin efecto la obligación de las entidades financieras de verificar la inexistencia de deuda líquida y exigible por aportes y contribuciones con destino a la seguridad social con relación a los solicitantes de préstamos, que revistan el carácter de empleadores a través del servicio “Consulta para Entidades Financieras de Deudores Previsionales”.

Resolución General (AFIP) Nº 5506/2024 (BO 26/04/2024)

Fuente: Lisicki Litvin