Impuestos. RIGI – Ley Nº 27.742

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Ajustan los requisitos para ampliar un Proyecto Preexistente no adherido al RIGI

Se ajustan las condiciones para la adhesión de ampliaciones de Proyectos Preexistentes al RIGI. Se elimina la opción de llevar un sistema de contabilidad separada como alternativa al requisito de constituir una Sucursal Dedicada. La propuesta y viabilidad de separación entre el Proyecto Preexistente y la Ampliación será especialmente tenida en cuenta en el análisis de la solicitud, sin perjuicio de que el uso compartido de infraestructura y/o activos no se considerará un incumplimiento de las condiciones del RIGI.

Decreto (PE) Nº 1028/2024 (BO 22/11/2024)

Fuente: Lisicki Litvin