IMPOSITIVAS – La UIF amplía su alcance: cambios decisivos para nuevos sujetos obligados

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La UIF introdujo la Resolución 200/2024, un marco normativo que define las responsabilidades de nuevos sectores claves frente al lavado de activos

La Unidad de Información Financiera (UIF) introdujo la Resolución 200/2024,un marco normativo que define las responsabilidades de nuevos sectores claves frente al lavado de activos (LA), el financiamiento del terrorismo (FT) y el financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva (FP). Esta resolución no solo eleva el estándar de cumplimiento en Argentina, sino que también exige una transformación significativa en los procesos internos de las empresas.

¿Qué sectores están alcanzados?

La normativa aplica a:

  • Emisores de tarjetas: Tarjetas de crédito, débito, prepagas, y cheques de viajero.
  • Operadores y proveedores de servicios de cobros y pagos: Incluyendo PSPs, PSPCPs, adquirentes, subadquirentes y agregadores.
  • Proveedores no financieros de crédito: Entidades que ofrecen financiamiento sin ser instituciones financieras formales.

Recordemos que estos sujetos obligados ya estaban bajo la supervisión del Banco Central de la República Argentina (BCRA), lo que les exigía cumplir con diversas obligaciones – según el tipo de sujeto obligado -, tales como la inscripción en los registros correspondientes, el cumplimiento de normas de transparencia y protección de usuarios de servicios financieros, la presentación periódica de informes sobre las asistencias otorgadas, requisitos sobre la administración de fondos, entre otros.

Obligaciones principales

Implementar la Resolución UIF 200/2024 supone un cambio profundo para las empresas, ya que exige, entre los aspectos más relevantes:

  • Evaluación y gestión de riesgos: Identificar y clasificar áreas críticas según su exposición a LA/FT/FP. Esto implica implementar un enfoque basado en riesgos para priorizar esfuerzos de control.
  • Reforzar la debida diligencia del cliente: No solo identificar y verificar a los clientes, sino también mantener información actualizada y comprender el propósito de las relaciones comerciales.
  • Monitoreo y reporte continuo: Establecer sistemas que permitan detectar y reportar operaciones sospechosas en tiempo y forma.
  • Capacitación interna: Entrenar a todo el personal involucrado en las obligaciones de prevención de LA/FT/ FP y en la detección de riesgos específicos.
  • Gestión de tecnologías emergentes: Incorporar controles específicos para operaciones con monedas virtuales y tecnologías de pago no tradicionales, donde los riesgos son más complejos y dinámicos.
  • Evaluación periódica del Sistema de prevención de LA/FT/ FP: Llevar a cabo evaluaciones periódicas por revisores independientes de la implementación y funcionamiento del sistema.

Un cambio transformador para las empresas

La implementación de estas medidas no es trivial. Estos sujetos obligados deberán realizar:

  • Revisiones exhaustivas de sus procesos internos: Adaptar políticas y procedimientos para alinearlos con los nuevos estándares.
  • Inversiones en tecnología y formación: Adquirir herramientas más sofisticadas para la gestión de riesgos de lavado de activos y capacitar al personal en todos los niveles.
  • Evaluaciones periódicas de cumplimiento: Asegurar que los cambios se sostengan y adapten frente a futuros riesgos.

El plazo límite para implementar los ajustes es el 1° de mayo de 2025, pero los cambios necesarios son sustanciales y requieren un enfoque estratégico desde ahora para cumplir con lo requerido por la UIF. Además, a partir de 2026, los sujetos obligados deberán cumplir con la autoevaluación de riesgos y la presentación de un informe de revisor externo independiente (REI) para garantizar una evaluación de la efectividad de las políticas de prevención de lavado de activos y financiamiento del terrorismo.

Asegurando el cumplimiento a tiempo

Este marco normativo no sólo responde a estándares internacionales, sino que también representa una oportunidad para fortalecer la resiliencia operativa. Implementar estas medidas reduce la exposición a sanciones, protege la reputación de la organización y asegura un entorno más seguro y conforme a las regulaciones vigentes.

Las empresas que no se adapten a tiempo corren el riesgo de enfrentar costos operativos y reputacionales significativos, además de incumplimientos legales.

Conclusión

La Resolución UIF 200/2024 marca un antes y un después en la manera en que los sectores regulados gestionan los riesgos de cumplimiento. Su implementación no es solo una obligación, sino un paso fundamental para operar con seguridad y confianza en un entorno global cada vez más exigente.

Si aún no has comenzado a planificar, este es el momento. ¿Está tu organización preparada para enfrentar este desafío?

Fuente: iprofesional