Procedimiento

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Establecen medidas para los contribuyentes afectados por la emergencia declarada por incendios en la Provincia de Córdoba

Se establecen medidas para los contribuyentes afectados por los incendios forestales en Córdoba declarados en emergencia ambiental, económica y habitacional mediante la Ley N.º 27.782. Entre las disposiciones principales se incluyen: * Plazo especial para el pago de impuestos: Las obligaciones con vencimientos entre el 01/08/2024 y el 01/05/2025 podrán pagarse hasta mayo de 2025, según terminación de CUIT.; * Planes de facilidades de pago: Se habilita la adhesión a planes especiales establecidos en la R.G. (AFIP) Nº 5321/2023; * Suspensión de medidas fiscales: Hasta el 28/02/2025 se suspenden intimaciones, ejecuciones fiscales y medidas cautelares, con posibilidad de levantar embargos sin transferir fondos; y * Acreditación de los beneficios: Los contribuyentes deberán presentar documentación que demuestre afectación y un informe contable sobre ingresos. Los sujetos que accedan serán registrados bajo el código “614 – Ley 27.782 – Zona de emergencia por incendios forestales Córdoba”.

Resolución General (ARCA) Nº 5642/2025 (BO 24/01/2025)

Fuente: Lisicki Litvin