Unificación en una sola norma de las características aplicables para la categorización de las empresas como Micro, Pequeñas o Medianas y la creación del Registro de Empresas MiPyMES. Este nuevo Registro de Empresas creado por esta medida, es continuador del creado por la R. (SECPYME) Nº 38/17. Las empresas registradas a la fecha de la presente medida mantendrán su inscripción en los términos y condiciones en que le fuera otorgada, y la fecha de vigencia del “Certificado MiPyME” hasta la fecha prevista en el mismo.
Resolución (SECPyME) N 220/2019 (BO 15/04/2019)
Fuente: Lisicki Litvin