Procedimiento. Sustituyen el régimen de domicilio fiscal y habilitan un domicilio opcional para grandes contribuyentes

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Se sustituye la R.G. (AFIP) Nº 2109/2006 y sus modificatorias, estableciendo un nuevo texto ordenado del régimen de domicilio fiscal. Se unifican criterios sobre denuncia, constitución, modificación e impugnación del domicilio, se actualizan los procedimientos digitales a través del Sistema Registral y se regulan los estados del domicilio fiscal (“Confirmado”, “Declarado por Internet”, “Inexistente-Desconocido”). Asimismo, se mantiene y reordena el domicilio opcional para grandes contribuyentes, precisando su alcance, plazos y canalización mediante Presentaciones Digitales, con aprobación de un nuevo modelo de nota. También se sistematizan los domicilios fiscales alternativos y los domicilios especiales aduaneros. Vigencia: 2 de marzo de 2026.

Resolución General (ARCA) Nº 5809/2026 (BO 08/01/2026)

Fuente: Lisicki Litvin