Procedimiento, forma, plazo y condiciones a cumplimentar por parte de las personas humanas y las sucesiones indivisas, a fin de determinar anualmente e ingresar el impuesto cedular previsto en los artículos primero, cuarto y quinto, sin número incorporados a continuación del art. 90 de la Ley de Impuesto a las Ganancias.
Resolución General (AFIP) Nº 4468/2019 (BO 26/04/2019)
Fuente: Lisicki Litvin