Incremento monto de operaciones que obligan a cumplir con régimen de información por operaciones de intermediación y/o compraventa de vehículos automotores y/o motovehículos usados.

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Deberán informarse las operaciones cuando el precio de transferencia pactado o el valor en la tabla dede la DNRNPAyCP, el mayor de ellos, resulte igual o superior a:
a) Vehículos automotores usados $ 200.000 (anterior $ 100.000) o b) Motovehículos usados $ 80.000 (anterior $ 27.000)

Resolución General (AFIP) Nº 4550/2019 -parte pertinente- (BO 20/08/2019)

Fuente: Lisicki Litvin