Amplió el plan para deudas vencidas hasta el 15 de agosto y con una tasa máxima del 2,5% mensual. Sumó a asociaciones, fundaciones, cooperadoras y entidades religiosas, entre otras entidades.
De este modo, esas entidades podrán ingresar en el Plan de Pagos Amplio para deudas vencidas hasta el 15 de agosto y con una tasa máxima del 2,5% mensual.
De este modo, esas entidades podrán ingresar en el Plan de Pagos Amplio para deudas vencidas hasta el 15 de agosto y con una tasa máxima del 2,5% mensual.
La adhesión a los planes es hasta el 31 de octubre de este año, recordó el ente recaudador. El primer pago del nuevo plan se hará en diciembre próximo y, para este universo de contribuyentes, se contempla un plazo máximo de hasta diez años sin ningún pago a cuenta. Además, el plan prevé la suspensión, hasta el 11 de noviembre inclusive, de la traba de medidas cautelares.
También, podrán disponer libremente de las sumas previamente embargadas, detalló la AFIP.
Y añadió que la normativa oficializa estos beneficios para quienes sean categorizados como “Potencial Micro, Pequeña y Mediana Empresa -Tramo I y II-“.
Para conocer si cumplen esta condición, los contribuyentes deberán ingresar con su Clave Fiscal al “Sistema Registral”, opción “Consultas” y, dentro de ese menú, “Datos Registrales”, en la página web del organismo.
Fuente: ambito.com