IMPOSITIVAS – IVA. El Estado Nacional asumirá el costo fiscal de aplicar a ciertos productos de la canasta básica alimentaria la alícuota del 0%.

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Determinan que será el Estado Nacional quien financiará con recursos propios y cargo a Rentas Generales los efectos fiscales por la venta de Los productos de la canasta alimentaria -Decreto Nº 567/19- alcanzados por una alícuota del 0% en el IVA.

Decreto (PE) Nº 752/2019 (BO 01/11/2019)

Fuente: Lisicki Litvin