NACIONALES – Firma Digital – Ley Nº 25.506 y Decreto Nº 182/2019. Aclaración expresa de la reglamentación.

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La firma digital de un documento electrónico satisface el requisito de certificación de firma establecido para la firma ológrafa en todo trámite efectuado por el interesado ante la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada.

Decreto (PE) Nº 774/2019 (BO 19/11/2019)

Fuente: Lisicki Litvin