Un estudio privado calculó cómo variará el ingreso de bolsillo con los nuevos mínimos del Impuesto a las Ganancias.
Así, por ejemplo, un trabajador soltero sin hijos que en 2019 tuvo un sueldo en mano de menos de $ 50.000, no pagó Ganancias. Si en 2020 cobrara $ 72.135 –es decir, un 44,27% más, similar a la variación oficial de los salarios durante este año para hacer homogénea la comparación- le descontarán $ 24.918 anual, un 2,66% de sus ingresos. Hay que aclarar que, en el caso de los asalariados, si bien el impuesto es anual, los empleadores retienen mes a mes el pago de Ganancias.
Este salto se produce porque, a partir del 1° de enero, el mínimo no imponible sube el 44,27% según la variación anual del RIPTE (índice de salarios formales) a octubre, según marca la ley tributaria.
Pero ese ajuste se aplica sobre el mínimo no imponible de 2019, sin el 20% que se efectivizó tras las PASO con el objetivo de mejorar las chances electorales del oficialismo en las elecciones generales.
Así, en la práctica, respecto de 2019 el mínimo no imponible no aumenta el 44,27% sino el 20,2% y eso determina que se vuelva a la situación anterior y a un mayor peso de Ganancias con relación al ingreso de los trabajadores.
Por lo tanto, con relación al pago efectivo de 2019, los trabajadores que quedaron eximidos del impuesto -y siempre teniendo en cuenta que los salarios suban en un nivel similar al de 2019-, volverán a tributar y habrá un fuerte incremento del peso de ese impuesto con relación al de este año para los 2 millones de asalariados y jubilados con otros ingresos que quedaron alcanzados por Ganancias.
En 2019 el mínimo no imponible de Ganancias se ajustó el 28,45% y luego se le adicionó un 20%: en total un 54,1%. Ahora, en 2020 el 44,27% no se aplica sobre el valor ajustado por el 54,1% sino sobre el del 28,45%, lo que equivale al mencionado 20,2%.
La situación de los autónomos no tiene cambios porque no fueron incluidos en el ajuste adicional del 20%.
Por ejemplo, calculó Rodríguez, un contribuyente soltero, con una remuneración neta de $ 50.000 para el 2019, que no habrá de ingresar impuesto atento al incremento del 20% en las deducciones personales en el corriente año, si pasara a cobrar $ 72.135 mensuales en 2020 tendrá una carga fiscal anual de $ 24.918.27.
Si el mismo trabajador soltero hubiera tenido en 2019 una remuneración neta de $ 90.000, deberá ingresar durante el 2019 un impuesto de $ 92.957.77. Si tuviera un incremento salarial para 2020 en orden al aumento del RIPTE, la carga fiscal se incrementará a $ 242.108,68.
Ahora bien, si el mismo trabajador casado con dos hijos, hubiera tenido en 2019 una remuneración neta de $ 100.000, deberá ingresar durante el 2019 un impuesto de $ 60.997.57. Si tuviera un incremento salarial para 2020 en orden al aumento del RIPTE, la carga fiscal se incrementará a $ 226.578,17.