NACIONALES – Protocolo de Cooperación y Facilitación de Inversiones Intra-Mercosur

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Aprueban el PROTOCOLO DE COOPERACIÓN Y FACILITACIÓN DE INVERSIONES INTRA-MERCOSUR, previéndose que ninguna disposición del presente se interpretará corno una obligación de un Estado para dar a un inversionista de otro Estado, en relación a sus inversiones, el beneficio de cualquier tratamiento, preferencia o privilegio resultante de un acuerdo actual o futuro para evitar la doble imposición.

Ley (PL) Nº 27.527 (BO 20/12/2019)

Fuente: Lisicki Litvin