Disponen que la implementación del “Registro Único Tributario-Padrón Federal” –R.G. (AFIP) Nº 4326/19– resultará de aplicación a partir del 06/01/2020, para los contribuyentes alcanzados por los impuestos nacionales cuya percepción y fiscalización se encuentren a cargo de AFIP.
Resolución General (AFIP) Nº 4657/2020 (BO 03/01/2020)
Fuente: Lisicki Litvin