La IGJ emite normas respecto del capital social inicial y cómo proceder en caso de resultar controvertido el importe del mismo. Así como medidas respecto al no cómputo de los gastos de inscripción como integración de capital, la garantía de los administradores, respecto al control, publicación y limitaciones de las SAS.
Resolución General (IGJ) Nº 9/2020 (BO 16/03/2020)
Fuente: Lisicki Litvin