Creación del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción. Beneficios para empresas.
Crean el Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción para empleadores y trabajadores afectados por la emergencia sanitaria. Consistirá en la obtención de uno o más de los siguientes beneficios:
a. Postergación o reducción de hasta el 95% del pago de las contribuciones patronales al SIPA.
b. Asignación Compensatoria al Salario: abonada por el Estado para todos los trabajadores del sector privado, comprendidos en el régimen de negociación colectiva, para empresas de hasta 100 trabajadores.
c. REPRO Asistencia por la Emergencia Sanitaria: Suma no contributiva respecto al SIPA abonada por el Estado para las y los trabajadores del sector privado, comprendidos en el régimen de negociación colectiva en empleadores que superen los 100 trabajadores.
d. Sistema integral de prestaciones por desempleo: para los trabajadores que reúnan los requisitos previstos en las Leyes Nros. 24.013 y 25.371.
Decreto (PE – DNU) N° 332/2020 (BO SUPLEMENTO 01/04/2020)
Fuente: Lisicki Litvin