La AFIP extendió, con carácter de excepción, el plazo para la notificación a los contribuyentes que resulten categorizados como “empresas grandes”.
La AFIP extendió, con carácter de excepción, el plazo para la notificación a los contribuyentes que resulten categorizados como “empresas grandes”, en el marco del Régimen de Facturas de Crédito Electrónicas MiPyMEs
Lo hizo a través de la resolución general 4.723 publicada este jueves en el Boletín Oficial.
La flamante norma establece que la notificación a que se refiere el segundo párrafo del artículo 2 de la Resolución General 4.367 se efectuará, con carácter de excepción, hasta el séptimo día hábil del mes de julio de 2020.
Fuente: iprofesional.com