IMPOSITIVAS – La AFIP lanza un nuevo plan de pagos para contribuciones patronales: claves del nuevo régimen

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La AFIP habilitó un plan especial de pago para los empleadores que accedieron a la postergación por dos meses de las contribuciones patronales

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIPhabilitó un plan especial de facilidades de pago para los empleadores que accedieron a la postergación por dos meses de las contribuciones patronales prevista en el Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP).

La Resolución General 4734 de la AFIP ofrece alivio financiero a las empresas afectadas por el aislamiento social, preventivo y obligatorio. El plan permite financiar en hasta 8 cuotas y sin pago a cuenta los vencimientos del componente SIPA de las contribuciones patronales correspondientes a los meses de marzo, abril y mayo que fueron prorrogados en el marco del Programa ATP.

La adhesión a un plan especial ofrece así hasta dos meses adicionales antes de comenzar a abonar las contribuciones patronales postergadas en cada período fiscales. De esta forma, aquellas obligaciones devengadas en marzo (vencidas en abril) y postergadas hasta junio, que sean regularizadas a través de este mecanismo, comenzarán a cancelarse en agosto.

La adhesión para los vencimientos correspondientes al período fiscal marzo estará disponible entre el 9 de junio y el 31 de julio, ambas fechas inclusive.

La normativa publicada este viernes en el Boletín Oficial instrumenta además la postergación por dos meses del pago de las contribuciones patronales correspondientes a mayo para los empleadores que accedieron al Programa ATP.

La medida también contempla el beneficio alternativo de la reducción del 95% de las contribuciones patronales reservada a algunas actividades como el sector salud.

Prórroga de Ganancias y Bienes Personales

En tanto, la AFIP extiendió por más de 40 días los plazos para que las personas humanas presenten sus declaraciones juradas y paguen los saldos correspondientes al Impuesto a las Ganancias, Impuesto a los Bienes Personales y el Impuesto Cedular.

La prórroga hasta fines de julio de esas obligaciones beneficia a más de 2 millones de contribuyentes.

La decisión facilita el cumplimiento de las obligaciones tributarias en el marco del aislamiento social preventivo y obligatorio.

La presentación de las declaraciones juradas y el ingreso del saldo resultante del Impuesto a las Ganancias, el Impuesto a los Bienes Personales y el Impuesto Cedular (Impuesto a la Renta Financiera) estaba prevista para mediados de junio.

El nuevo plazo fue comunicado a través de la resolución general 4721 (AFIP) publicada este jueves en el Boletín Oficial.

Fuente: iprofesional.com