Actuación profesional. Coronavirus. Régimen DISPO y ASPO, según zonas afectadas por COVID-19, vigente desde el 18/07 al 02/08/2020.

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Mantienen la medida de “distanciamiento social, preventivo y obligatorio” en los términos ordenados por el presente decreto, desde el 18/07/20 hasta el 02/08/20, inclusive, para los departamentos de las provincias enumeradas. En tanto prorrogan por igual plazo, la vigencia del Dto N° 297/20, que estableciera el ASPO y sus respectivas prórrogas, exclusivamente para las personas que residan o se encuentren en los aglomerados urbanos y en los departamentos y partidos de las provincias argentinas que no cumplan positivamente los parámetros epidemiológicos y sanitarios establecidos en este decreto.

Decreto (PE – DNU) Nº 605/2020 (BO 20/07/2020)
LUGARES ALCANZADOS POR EL AISLAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO:
A la fecha de dictado del presente decreto se encuentran alcanzados los siguientes lugares:

El aglomerado urbano denominado Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA) que, a los fines del presente decreto comprende a la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y los siguientes TREINTA Y CINCO (35) partidos de la Provincia de BUENOS AIRES: Almirante Brown, Avellaneda, Berazategui, Berisso, Ensenada, Escobar, Esteban Echeverría, Ezeiza, Florencio Varela, General Las Heras, General Rodríguez, General San Martín, Hurlingham, Ituzaingó, José C. Paz, La Matanza, Lanús, La Plata, Lomas de Zamora, Luján, Marcos Paz, Malvinas Argentinas, Moreno, Merlo, Morón, Pilar, Presidente Perón, Quilmes, San Fernando, San Isidro, San Miguel, San Vicente, Tigre, Tres de Febrero y Vicente López.

• El Departamento de “San Fernando” de la PROVINCIA DEL CHACO.

• Todos los Departamentos de la PROVINCIA DE JUJUY.

Fuente: llyasoc.com