La AFIP extendió la suspensión de los embargos a las pymes y de las ejecuciones fiscales hasta el 31 de agosto.
La normativa referida a las ejecuciones fiscales, por su parte, prevé la suspensión de la gestión judicial del cobro de las obligaciones tributarias en aquellas jurisdicciones donde se hubiera habilitado el levantamiento de la feria judicial extraordinaria.
Las decisiones serán instrumentadas a través de dos resoluciones generales de la AFIP que serán publicadas este martes en el Boletín Oficial.
Fuente: iprofesional.com