IMPOSITIVAS – Agosto. Por qué es el mes de la “asfixia fiscal” según los contadores

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En una semana se juntaron el pago de la declaración jurada por Ganancias y Bienes Personales de 2019 y el vencimiento del primer anticipo por 2020

En una semana, casi 2 millones de contribuyentes debieron hacer frente al vencimiento de dos obligaciones fiscales: el pago del saldo de la declaración jurada por el periodo 2019 y el anticipo de Ganancias y Bienes Personales por este año. Esto generó que los contadores hablaran de “asfixia fiscal” para describir este mes.

Lo que ocurrió fue que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) prorrogó en dos ocasiones los plazos para que las personas humanas presenten sus declaraciones juradas y paguen los saldos correspondientes al impuesto a las ganancias, impuesto a los bienes personales y el impuesto cedular. El último plazo finalizó la semana pasada, pero la AFIP habilitó un plan de pagos al que se ingresa abonando un 25% a cuenta y el resto en tres cuotas, a una tasa de 2,5% mensual (hay tiempo de ingresar hasta el 30 de septiembre).

Para el pago de anticipos de Bienes Personales y Ganancias, si bien en un primer momento se pensó que la agencia que dirige Mercedes Marcó del Pont iba a postergar para septiembre el vencimiento, esto finalmente no sucedió y, según dijeron en la AFIP, “no hay nada previsto”. Por lo tanto, los contribuyentes debieron hacer frente a ambos vencimientos en la misma semana.

Para aquellos que se hayan atrasado con el primer pago del anticipo, deberán asumir el costo de los intereses resarcitorios a una tasa mensual del 2,76% mensual. Los próximos pagos del anticipo son en octubre, diciembre y febrero.

 El último plazo finalizó la semana pasada, pero la AFIP habilitó un plan de pagos al que se ingresa abonando un 25% a cuenta y el resto en tres cuotas Fuente: LA NACION – Crédito: María Amasanti

“Como se pospuso el vencimiento del saldo de la declaración jurada, que era en junio, después pasó a julio y luego a agosto, ahora se formó una asfixia financiera de parte de los contribuyentes que tuvieron que pagar el saldo de la declaración jurada”, indicó César Litvin, asesor impositivo y socio del estudio Lisicky, Litvin & Asociados.

“Resulta insuficiente el plan de cuotas para pagar el saldo de Ganancias y Bienes Personales, que también tiene que pagar los anticipos de ambos impuestos, teniendo en cuenta que estamos en una situación en la que muchos contribuyentes han visto drásticamente reducidos sus ingresos para hacer frente a todos estos compromisos fiscales”, agregó.

Según señaló el tributarista, la AFIP debería posponer también el pago de anticipos “hasta mínimamente fin de año, para que los vencimientos de agosto y octubre pasen todos como mínimo a diciembre, y por el otro lado, se debería permitir que el saldo de la declaración jurada se pague en mayor cantidad de cuotas”.

Iván Sasovsksy, socio de Sasovsky & Asociados, indicó que, “independientemente de que existe una oportunidad para que esta situación de asfixia no se dé, claramente el vencimiento de la declaración jurada más el vencimiento del anticipo, que justamente no se prorrogó, hace que sea ridículo el impuesto que se genera, sobre todo porque los anticipos prevén tanto para Ganancias como para Bienes Personales que la base imponible se mantendrá en el año siguiente”.

“Teniendo en cuenta que este es un año de pandemia, para 2020, claramente el Gobierno podría estipular una base de cálculo de anticipos totalmente distinta, teniendo en cuenta que tanto el patrimonio de las personas se ve afectado porque los rendimientos y las ganancias cayeron”, agregó.

Finalmente, Ezequiel Passarelli, director de SCI, comentó que “es llamativo que no se haya prorrogado el pago del primer anticipo y quedaron muy pegados los vencimientos”. “Por lo menos se podría haber extendido el plazo 15 días, para llegar a tiempo con las declaraciones juradas, porque estando a 19 de agosto no la presentaron todos, porque para los contadores fue un año complicadísimo. Al margen de eso, hoy por hoy solamente lo que hay con la no prorroga sería el devengamiento de los intereses, a una tasa de 2,76% que es baja, pero como los impuestos aumentaron 800% entre 2019 y 2018, termina siendo mucho dinero igual”, dijo el tributarista.

Asimismo, indicó que “hoy, si no se paga el anticipo, no hay riesgo de que la AFIP embargue o ejecute”. “Si fuera un año normal, está ese riesgo, pero desde el 18 de marzo y hasta el 30 de agosto, siguiendo el aislamiento obligatorio, hay feria en la AFIP, con lo cual los plazos no corren”, concluyó.