Combustibles. Actualización de los montos fijos y fijos diferencial del Impuesto sobre los combustibles líquidos y al dióxido de carbono y nueva suspensión

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Establecen que el incremento en los montos de impuesto fijos y diferencial, del impuesto sobre los combustibles líquidos y el impuesto al dióxido de carbono, que resulte de la actualización correspondiente al 1er trimestre calendario del año 2020, surtirá efectos para la nafta sin plomo, la nafta virgen y el gasoil, desde el 16/10/2020, inclusive, suspendiéndose toda otra actualización hasta el 01/12/2020.

Decreto (PE) Nº 783/2020 (BO 01/10/2020).

Fuente: Lisicki Litvin