Aporte solidario y extraordinario para ayudar a morigerar los efectos de la pandemia. Creación del gravamen.

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Crean, con carácter de emergencia y por única vez, un aporte extraordinario, obligatorio, que recaerá sobre las personas humanas y sucesiones indivisas residentes en el país, por la totalidad de sus bienes en el país y en el exterior, y residentes en el exterior, por la totalidad de sus bienes en el país. Quedan exentas de este aporte cuando el valor de la totalidad de sus bienes no exceda de los $ 200.000.000, inclusive.

Ley (PE) Nº 27.605 (BO 18/12/2020)

Fuente: Lisicki Litvin