Habilitación del trámite para el Régimen de reintegro atribuible a las operaciones de exportación y asimilables.
Habilitan el Sistema Integral de Recupero (SIR) para tramitar las solicitudes de recupero de gravámenes correspondientes a los regímenes que indique la AFIP. Queda incorporado el “Régimen de reintegro atribuible a las operaciones de exportación y asimilables” (código 404).
Los sujetos que soliciten el beneficio de recupero quedan obligados a observar los requisitos, procedimientos, plazos y las condiciones que se establecen por la presente, así como las disposiciones específicas aplicables a cada régimen según lo previsto en el anexo pertinente.
Resolución General (AFIP) Nº 5173/2022 (BO 28/03/2022)
Fuente: Lisicki Litvin