Establecen pautas operativas a fin de asegurar que las mercaderías incluidas en el beneficio se correspondan con operaciones alcanzadas por el PROGRAMA DE INCREMENTO EXPORTADOR (Ej: a. Fecha de emisión de liquidaciones primarias de granos y secundarias de granos no posteriores al 02/01/23; b. Registración de las DJVE hasta las 11 hs del 03/01/23 y c. Liquidación de divisas hasta las 15 hs del 30/12/22)
Resolución (SAGYP) Nº 277/2022 (BO 28/12/2022)
Fuente: llyasoc.com