IMPOSITIVAS – El Gobierno perdió un mes de recaudación por el Impuesto a las Ganancias al no promulgar el paquete fiscal

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Si se hubiera publicado el paquete fiscal en el Boletín Oficial antes del 30 de junio, la retroactividad de Ganancias hubiera llegado hasta mayo y los trabajadores hubieran podido aplicar una deducción especial hasta ese mes.

Algunos tributaristas y operadores del mercado estuvieron durante el fin de semana tratando de obtener una copia final de la ley Bases y del paquete Fiscal, pero varios comentaron que resultó una tarea imposible. Los sistemas de información al público del Congreso están encriptados, sólo para comprensión de los propios miembros de ese poder del Estado.

Se esperaba, entonces, que el Poder Ejecutivo Nacional publicara en edición especial durante el fin de semana en el Boletín Oficial las dos leyes para que entren en vigencia y no sucedió. De hecho, llegado este lunes primero de julio, todavía no aparecieron los textos publicados en forma oficial. No se sabe si es por decisión deliberada o por problemas burocráticos.

Lo que sí se sabe a ciencia cierta es que, al no publicarse antes del 30 de junio el paquete fiscal, el Gobierno resignó un mes de recaudación del Impuesto a las Ganancias de los empleados.

Impuesto a las Ganancias: por qué el Gobierno resignó recaudación

Así lo destaca en un informe el tributarista Sebastián Domínguez, CEO de SDC Asesores Tributarios. “El Gobierno decidió no publicar la Ley del paquete fiscal en una edición especial del Boletín Oficial durante el fin de semana”, señaló el asesor tributario. Y explica que, “de haberlo hecho, algunos empleados en relación de dependencia habrían enfrentado un descuento retroactivo del Impuesto a las Ganancias sobre las remuneraciones percibidas en junio, incluyendo tanto los sueldos como los aguinaldos”.

Todo deriva de la derogación del Impuesto Cedular, que era lo que había quedado el año pasado para los haberes equivalentes a 15 salarios mínimos vitales y móviles. El reemplazo, el Impuesto a las Ganancias, es de carácter anual.

Las empresas tienen que ir descontando el gravamen de los sueldos de sus empleados a lo largo del año. Cuando concluye el período presentan la Declaración Jurada. Si el empleador hizo bien los cálculos, no pasaría nada. Pero si descontó de más, tiene que devolver importes a sus trabajadores, o retener, si es al revés.

La deducción especial de Ganancias

“La reforma tiene efecto retroactivo al 1 de enero de 2024. Para evitar que haya empleados que deban pagar más impuesto a las Ganancias del que hubieran correspondido bajo el Impuesto Cedular, el Gobierno incluyó en el proyecto del paquete fiscal una deducción especial”, explicó Domínguez.

Según señala, esta deducción especial se aplica para evitar un mayor pago de impuesto debido a la reforma, abarcando las remuneraciones cobradas entre el 1 de enero de 2024 y el último día del mes inmediato anterior a la entrada en vigor de la reforma.

“Si el Gobierno hubiera publicado la ley en junio de 2024, la deducción especial se habría aplicado a las remuneraciones percibidas hasta el 31 de mayo de 2024” indicó el titular de SDC Asesores Tributarios.

Y, al respecto, destaca que “al esperar y no publicarla durante el fin de semana, la deducción especial se aplicará a las remuneraciones cobradas entre el 1 de enero de 2024 y el 30 de junio de 2024”.

“Esta decisión implica que el Gobierno decidió no incrementar el Impuesto a las Ganancias en forma retroactiva a junio 2024, aún a costa de la pérdida de la recaudación correspondiente”, explicó el analista.

Domínguez manifestó: “Estamos de acuerdo con esta decisión del Gobierno, ya que en el actual contexto económico, donde a muchas personas les cuesta llegar a fin de mes, tener que pagar un impuesto sobre una remuneración ya cobrada y gastada generaría problemas adicionales”.

Fuente: ambito