Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias. Eximen del gravamen a las cuentas recaudadoras de propinas

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Se exime del Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias y Otras Operatorias, a los débitos y créditos en las cuentas recaudadoras especiales que se utilicen a los fines de cumplimentar la opción de recepción de pago con propina que permita a los consumidores añadir un monto y/o un porcentaje a la cuenta, destinado a la gratificación por el servicio.

Decreto (PE) Nº 737/2024 (BO 16/08/2024)

Fuente: Lisicki Litvin