Con la reciente aprobación del paquete fiscal en el Congreso a finales de junio, el impuesto a las Ganancias ha regresado a su esquema anterior, que se basa en la aplicación del Mínimo No Imponible (MNI) y deducciones. Este cambio implica la eliminación del régimen cedular implementado por el exministro de Economía Sergio Massa, que había establecido un piso de 15 Salarios Mínimos Vitales y Móviles (SMVM) para la imposición del impuesto. En su lugar, se ha reducido el umbral de ingresos a partir del cual los trabajadores deben comenzar a tributar.
La reforma fiscal actual introduce un sistema más progresivo, donde la alícuota del 27% ha sido reemplazada por descuentos que oscilan entre el 5% y el 35% de los ingresos, además de un aumento en las deducciones. Damián Di Pace, economista y director de la consultora Focus Market, explica que este nuevo enfoque se basa en el principio de “Más ganas, más aportas”.
Bajo el esquema anterior de Sergio Massa, las escalas del impuesto a las Ganancias se ajustaban de acuerdo con el SMVM. Sin embargo, en los primeros meses de la administración de Javier Milei, el SMVM se actualizó de manera insuficiente en relación con la inflación, que alcanzó casi un 80% en el primer semestre del año. Como resultado, el umbral de imposición se fue desactualizando.
Con el nuevo paquete fiscal, la fórmula de cálculo se ha modificado para restablecer el MNI, que se ha fijado en $1.800.000 para solteros, $2.100.000 para solteros con dos hijos y $2.360.000 para casados con dos hijos. Este MNI se actualizará semestralmente en función de la inflación, el 1° de enero y el 1° de julio de cada año. Sin embargo, la ley establece que, excepcionalmente, el MNI será ajustado en septiembre, considerando la inflación acumulada entre junio y agosto de 2024.
Además, el paquete fiscal otorga al Poder Ejecutivo la facultad de incrementar las escalas del impuesto por decreto, exclusivamente para el período fiscal 2024. Según las proyecciones de Di Pace, se anticipa que el nuevo piso del impuesto a las Ganancias se ajustará en septiembre.
Impuesto a las Ganancias: cambios en el mínimo no imponible
Los cambios en el impuesto a las Ganancias comenzaron a aplicarse en agosto con los salarios correspondientes a julio. Según el nuevo paquete fiscal, el Mínimo No Imponible vigente desde este mes es el siguiente:
- Soltero: $1.800.000,00 (remuneración neta aproximada: $1.494.000,00)
- Soltero con 2 hijos: $2.094.798,00 (remuneración neta aproximada: $1.738.682,34)
- Casado con 2 hijos: $2.366.333,00 (remuneración neta aproximada: $1.981.277,25)
Para los salarios de septiembre, que se liquidarán a principios de octubre, estas escalas se ajustarán en función del Índice de Precios al Consumidor (IPC) acumulado entre junio, julio y agosto. Hasta el momento, se conocen los resultados de inflación de junio (4,6%) y julio (4%), mientras que las proyecciones para agosto sugieren un número similar, en torno al 4%. El Relevamiento de Expectativas de Mercado (REM) indica que el nivel de precios podría estabilizarse en los próximos meses.El informe de Focus Market, publicado a principios de mes, estima que en septiembre el nuevo piso de Ganancias será de:
- Soltero: $2.064.600 brutos
- Soltero con 2 hijos: $2.408.700
- Casado con 2 hijos: $2.683.980
Sin embargo, dado que este informe fue publicado antes de que se conociera el IPC de julio, Di Pace considera que el ajuste real podría ser mayor. Al ajustar las proyecciones y tomando como referencia el IPC de agosto, se espera que el ajuste de Ganancias de septiembre se sitúe en torno al 12,9%.
Impuesto a las Ganancias: proyecciones para el mínimo no imponible en septiembre
Basado en las proyecciones ajustadas, el nuevo piso del impuesto a las Ganancias a partir de septiembre se espera que sea el siguiente:
- Soltero: $2.032.200 (remuneración neta aproximada: $1.686.726)
- Soltero con 2 hijos: $2.365.026 (remuneración neta aproximada: $1.962.971)
- Casado con 2 hijos: $2.671.589 (remuneración neta aproximada: $2.217.418)
Estos cambios reflejan una tendencia hacia un sistema fiscal más progresivo, donde el impacto del impuesto se ajusta de acuerdo con la capacidad contributiva de los trabajadores. La implementación de un Mínimo No Imponible más elevado y la posibilidad de ajustes semestrales por inflación buscan aliviar la carga fiscal sobre los sectores de menores ingresos, al tiempo que se asegura que aquellos con mayores ingresos contribuyan de manera proporcional a su capacidad.
Fuente: iprofesional