IMPOSITIVAS – Alerta blanqueo: bancos hicieron mal la retención y se espera una solución de ARCA

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Determinados bancos efectuaron una retención menor a la indicada en concepto del impuesto especial del blanqueo. Dudas sobre la autoretención.

Una parte sustancial del blanqueo de efectivo corresponde al pago del impuesto especial. Al respecto, de acuerdo a la normativa vigente, los bancos se encargan de retener el impuesto especial al momento de retirar los dólares -o la divisa que se trate- de las cuentas Cuenta Especial de Regularización de Activos (CERA).

De acuerdo a un flamante dictamen de la Dirección Nacional de Impuestos (DNI), algunas entidades bancarias, realizaron mal la retención. Puntualmente retuvieron menos dinero del que correspondía en concepto de pago del impuesto especial del blanqueo. A fin de que no se caiga la exteriorización de efectivo, el contribuyente debería realizar una autorretención por la diferencia. Al respecto, los asesores impositivos de los contribuyentes que ingresaron al blanqueo aguardan una solución desde el Ministerio de Economía o la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).

Alerta blanqueo: bancos retuvieron de menos

Al respecto, Alejandro Rosenfeld, consultor impositivo, advirtió: “Según el nuevo Dictamen de la Dirección Nacional de Impuestos la retención del 5% en concepto del impuesto especial del blanqueo se calcula sobre el importe antes del retiro. Muchos bancos lo hicieron mal, corresponde autoretención”.

Alerta blanqueo: bancos retuvieron de menos (Fuente: X)Alerta blanqueo: bancos retuvieron de menos (Fuente: X)

Puntualmente, el flamante dictamen de la DNI da respuestas a las preguntas elevadas por la Asociación de Bancos Argentinos (ADEBA). A continuación, la pregunta y respuesta que refieren a la autoretención que se encuentra bajo la lupa:

¿Cómo se debe calcular la retención de pago único y definitivo en caso que corresponda?

a) ¿Aplicando el 5% sobre el importe antes del retiro? A modo de ejemplo, si se hubieran exteriorizado USD 200.000 ¿se aplica el 5% a dicho importe, arrojando una retención de USD 10.000, retirando el declarante USD 190.000? o

b) ¿Se aplica el 5% sobre el importe del retiro? Siguiendo con el ejemplo anterior, ¿el 5% se calcula sobre USD 190.476,19 y se retiene el 5% de este importe, que arroja USD 9.523,81?

La retención del 5% se aplica sobre el importe que se desafecte [opción a)].

“La Resolución General 5528 dispone que hay que autorretenerse en 5 días hábiles en caso de que no se haya efectuado la retención”, señala Rosenfeld. Ante tal escenario, quienes quisieron practicar la autorretención por la diferencia se encuentran con que el sistema no permite ingresar la diferencia, sólo el total. Es por ello que se aguarda una solución desde el Ministerio de Economía o ARCA.

Cómo sigue el blanqueo: etapa II y etapa III

Segunda Etapa:

Adhesión y pago adelantado: desde el 9 de noviembre de 2024 y hasta el 7 de febrero de 2025

Presentación y pago: hasta el 7 de marzo de 2025

Tercera Etapa:

Adhesión y pago adelantado: desde el 8 de febrero de 2025 y hasta el 7 de mayo de 2025

Presentación y pago: hasta el 6 de junio de 2025

El “Régimen de regularización de activos” fue dispuesto por el Título II de la ley 27743 de “Medidas Fiscales, Paliativas y Relevantes”, al que pueden adherir las personas humanas, sucesiones indivisas y sujetos del artículo 53 de la Ley del Impuesto a las Ganancias, que sean residentes fiscales argentinos al 31 de diciembre de 2023, se encuentren o no inscriptos en la AFIP, así como las personas humanas no residentes que fueron residentes fiscales argentinos antes del 31 de diciembre de 2023 y perdieron dicha condición a esa fecha.

Un dato importante es que en la segunda etapa del blanqueo, la tasa del impuesto ascenderá al 10% frente el 5% que ofrecía la primera y no se podrá regularizar dinero en efectivo depositado en una cuenta especial de regularización.

Ya para cuando transitemos la tercera y última etapa del blanqueo, el impuesto a pagar será del 15% de la base declarada descontando la franquicia.

Si bien aún quedan meses de blanqueo, cuánto antes tome la decisión el contribuyente de regularizar sus bienes, menor será el costo de esta decisión, ya que la alícuota irá en aumento, siempre si se superan los u$s100.000 dólares

Por último, y dato no menor es que si un contribuyente realiza adhesiones en más de una etapa, se tomará la última para el cálculo de alícuotas.

Fuente: iprofesional.com